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Jorge Restrepo

INFORMACION SOBRE COMPENSACIONES LABORALES

El consejo de un abogado no debe substituir las especificas cuestiones relativas a su caso

de compensacion por accidente laboral. Las siguientes consideraciones deberan estimarse

e interpretarse como un consejo general. Los beneficios legales sobre incapacidad deben

distinguirse de las compensaciones laborales.

El privilegio de recibir una compensacion por accidente laboral se presenta si el dano o

los danos ocurrieron “ en el trabajo “, y no en otro lugar. 

“En el trabajo “ significa que, en el momento en el que se produjeron los danos, la

actividad que el trabajador estaba realizando estaba relacionada con el trabajo u ocurrio

durante el trabajo.

1.      CUALES SON LOS BENEFICIOS DISPONIBLES EN CASOS DE

COMPENSACION POR ACCIDENTE LABORAL?

a.      Incapacidad temporal

b.      Atencion y cuidados medicos, necesarios y razonables

c.       Beneficios en regimen o modalidad parcial por incapacidad funcional y permanente.

A) INCAPACIDAD TEMPORAL

La ley de compensaciones laborales del Estado de New Jersey, como la de 1985, por

ejemplo, permitia a un empleado recibir como maximo la cantidad de $ 269.00 dolares en

concepto de incapacidad temporal.Esta cantidad se calculaba tomando el 70 % del total

de la suma recibido semanalmente.


De este modo, si el 70 % del salario semanal del empleado es inferior a $269.00 dolares,

entonces, ese 70 % corresponderia el importe de lo que el empleado cobraria en concepto

de incapacidad temporal, aunque fuera inferior a los $ 269.00 dolares .

En el caso contrario, es decir, supuesto en el que el 70 % del salario semanal del

empleado fuera superior a $269.00 dolares, este seguiria cobrando la cantidad de $269.00

dolares.

La Ley permite cobrar estas cantidades con la intencion de permitir o condicionar un

mejor trato a los empleados durante el periodo de incapacidad y hasta su recuperacion , es

decir, durante todo el tiempo que la persona perjudicada permanezca bajo el cuidado y

atencion medica.

B)  ATENCION Y CUIDADOS MEDICOS NECESARIOS Y RAZONABLES

Los cuidados medicos le seran prestados al empleado , de acuerdo con la Ley, por la

compania de seguros del empleador o empresario; pero solamente a traves del Doctor

facultativo autorizado por el empresario  o empleador. El Doctor facultativo que lleva a

cabo el tratamiento es remunerado o cobra sus servicios y trabaja por y para el

empresario, esencialmente. Sin embargo, la obligacion de colaboracion principal esta

entre el Doctor y el empleado  durante el tratamiento.

Por supuesto, el empleado puede obtener una segunda opinion o un Doctor adicional;

pero esto supone gastos extraordinarios que no estarian cubiertos por los beneficios del

seguro del empresario referente a compensacion por accidentes laborales.

C)  BENEFICIOS EN REGIMEN O MODALIDAD PARCIAL POR

INCAPACIDAD FUNCIONAL Y PERMANENTE

Incapacidad funcional permanente es aquella que el Juez asigna al empleado, despues de

haber revisado todos los documentos, informes y tratamientos medicos sobre las heridas ,

y tras oir el testimonio relacionado con la condicion del empleado.

2.. PUEDE EL EMPLEADO ACUDIR A SU MEDICO DE FAMILIA O A UN

MEDICO FACULTATIVO DE SU ELECCION ?

Bajo la Ley de compensaciones laborales del Estado de New Jersey, el empresario o

empleador es el unico que tiene , en principio, derecho a seleccionar a que medico

corresponde realizar el tratamiento de un empleado accidentado.

El trabajador accidentado debe acudir al medico particular designado por el empresario o

patron, a no ser que otra cosa se diga o informe claramente.

Si el trabajador accidentado ( o accidentada ) decide tambien acudir a otro medico o

facilidad para su tratamiento, entonces, el es responsable personalmente por cualquier

pago o factura adicional derivados de ello o como consecuencia de estos otros gastos


medicos. El Juez, generalmente no forzara u obligara a la compania de seguros del

empresario a pagar por los gastos incurridos con los medicos adicionales.

3.    PUEDE UNA SEGUNDA OPINION AYUDAR A DETERMINAR LA

SERIEDAD DE LAS HERIDAS?

Normalmente no. La razon es que estas segundas opiniones normalmente provienen de

medicos que no estan dispuestos a testificar, o que su testimonio supondra una elevada

suma de dinero. Ellos le ayudaran, sin embargo, en la elaboracion de decisiones respecto

a cirugias y en otros casos serios.

4.      SI EL EMPLEADO CONSIGUE UN ACUERDO, QUE SUCEDE?

Los casos de compensacion laboral no envuelven un juicio con jurado. El empleado o

trabajador solo recibe los beneficios estatutarios en el porcentaje de incapacidad y

dismunicion proporcional sobre el total de la persona o sobre el miembro del cuerpo que

el Juez determina que esta incapacitado.

Todo el asunto o problema de esta determinacion depende de la particular experiencia del

Juez, expertos, los informes medicos, extension del tratamiento, el testimonio de los

empleados, y otros factores relacionados.

El cuadro de beneficios comienza con cero y puede acabar en un cien por ciento de

amplitud.  Generalmente se divide segun la parte del cuerpo incapacitada como la mano,

brazo, pierna, dedos, oreja (sordera), ojo, e incluso el deterioro completo de la persona. 

Si el empleado tiene lesiones en otras partes del cuerpo que no sean las mencionadas en

el parrafo anterior, se considerara como deterioro o perjuicios totales ( pero dependiendo

del porcentaje).

Cuando el Juez determina un porcentaje por incapacidad laboral, esta proporcion se

interpreta bajo los estatutos y con respecto al ano de la lesion en un numero de semanas

determinadas.

5.      TIENE DERECHO EL EMPLEADO LESIONADO A UN JUICIO CON

JURADO?

No.

6.      TIENE EL TRABAJADOR GARANTIA DE QUE VA A RECIBIR

INCAPACIDAD TEMPORAL, BENEFICIOS MEDICOS, Y/O INCAPACIDAD

FUNCIONAL PERMANENTE?

No.  El empleado o trabajador, en orden a cualificar para beneficios por incapacidad

temporal, debe estar discapacitado total y temporalmente; la decision es determinada por

el medico facultativo


Para recibir la atencion medica, el tratamiento debe ser curativo por naturaleza, de

manera que sea el tratamiento designado para curar de raiz el problema o incapacidad; 

este concepto de “curativo por naturaleza” se opone o es contrario al concepto de

“curativo solo en parte o calmante.”

Por ejemplo, en casos de simples lesiones de espalda, la compania de seguros no aprobara

en muchos casos la atencion de un quiropractico (medico facultativo especializado en

problemas de espalda y musculares);  y no lo aprobara porque dicho tratamiento

quiropractico es solo una ayuda o calmante del dolor, y no cura el problema de fondo o

principal.

El empleado solo recibe compensacion por incapacidad funcional parcial y permanente si

el Juez encuentra que el trabajador reune los requisitos necesarios para tal compensacion.

7.      SI EL MEDICO AUTORIZADO POR EL EMPRESARIO O PATRON DA

PERMISO AL EMPLEADO PARA VOLVER AL TRABAJO, Y EL EMPLEADO

NO PUEDE REALIZAR EL TRABAJO; O EL PATRON O EMPRESARIO NO

PERMITE LA VUELTA DEL EMPLEADO AL TRABAJO CON

LIMITACIONES, QUE SUCEDE? 

Si el medico autorizado informa al lesionado/a para que regrese al trabajo, entonces el

empleado debe intentar volver a trabajar.  Si el trabajo empeora la condicion del

trabajador, la persona lesionada tiene derecho a aplicar para la continuacion del

tratamiento medico por parte del medico autorizado por el patron o empresario o,

tambien, tiene derecho a solicitar una demanda por la agravacion o empeoramiento de su

condicion. 

En cualquier caso, una persona no podra continuar con la incapacidad temporal a menos

que demuestre que se encuentra en esa situacion.  La persona lesionada debe, asi, regresar

al trabajo y comunicar al supervisor o capataz acerca de la continuidad de la situacion del

lesionado  e informar de que esta misma condicion no le permite, de momento, seguir

trabajando.

8.      SI EL EMPLEADO ES OBLIGADO A REGRESAR AL TRABAJO POR EL

INFORME DEL DOCTOR AUTORIZADO PARA SU TRATAMIENTO, PUEDE

EL EMPLEADO CONSEGUIR OTRO MEDICO ACREDITADO QUE

DETERMINE LA INCAPACIDAD TOTAL TEMPORAL EN FAVOR DE LA

PERSONA LESIONADA?

La persona lesionada o su abogado pueden iniciar una mocion o instancia para continuar

la situacion de incapacidad del empleado o trabajador lesionado.  La mocion debe

contener anexa o unida una declaracion explicando la incapacidad sujetiva, asi como el

informe medico declarando,  tanto la necesidad de continuar con los cuidados medicos

como que el empleado se encuentra o continua en situacion de incapacidad de

incapacidad total temporal.


El efecto de esto es, que incluso despues de que el empleado haya regrasado al trabajo

por indicacion del doctor autorizado para su tratamiento, el empleado debera someterse a

una evaluacion o examen medico con su propio medico privado.  Los resultados de esta

segunda consulta e informes medicos a veces pueden tardar en realizarse varias semanas.

Despues, se insta o archiva una mocion inmediatamente, de manera que pueda situarse en

la lista de casos pendientes relacionados con compensaciones laborales (entre unas cuatro

y seis semanas), mientras tanto, el empleado o trabajador no estara recibiendo ingreso

alguno. 

La otra alternativa a este escenario de espera es, bajo las leyes estatales y para ciertos

asuntos, instar o solicitar un derecho de retencion al estado debido a incapacidad

temporal (una solicitud o instancia diferente).  Este otro proceso tarda unas cuatro o cinco

semanas para su elaboracion y el dinero de esta fuente o recurso sera abonado por un

periodo maximo de 26 semanas, dependiendo del informe medico presentado.

Sin embargo, este dinero recibido del estado debera ser reembolsado al mismo y

deducido tras percibir la cantidad acumulada en concepto de incapacidad temporal.  Lo

unico que consigue el trabajador al recibir este dinero del estado es una satifaccion

provisional o temporal mientras esta pendiente el caso principal y hasta que se determine

o decida la conclusion de esta peticion o solicitud de incapacidad temporal. 

9.      QUE LE PUEDE SUCEDER AL EMPLEADO TRAS RETORNAR A SU

TRABAJO?

Es recomendable contactar con su abogado tan pronto como retorne a su trabajo.  En este

momento, una evaluacion medica permanente del empleado sera realizada; en la cual, el

doctor formulara un informe por escrito y de acuerdo con el grado de incapacidad

funcional parcial permanente mantenida.  El coste de estos informes varia

frecuentemente, el doctor que redacte los mismos conbrara el importe convenido en el

momento de la consulta.

10.  CUALES SON LOS HONORARIOS DEL ABOGADO?

Las leyes estatutarias de compensacion laboral permite a los abogados cobrar una

cantidad no superior al 20% del total de los beneficios que el abogado haya conseguido

con su esfuerzo en favor del trabajador lesionado. 

Si el juez decide que su caso no es compensable economicamente entonces el abogado no

cobrara cantidad alguna en concepto de honorarios.  Los costes u honorarios se deducen

del acuerdo o sentencia judicial.

11.  UNA VEZ QUE EL JUEZ DETERMINA EL VALOR DE LAS LESIONES,

SIGNIFICA QUE CON ESTO CONCLUYE EL CASO DE UNA VEZ POR

TODAS?


No.  Si el Juez determina que la incapacidad del empleado es resultado directo de las

lesiones ocurridas durante el periodo de empleo, entonces, el empleado o trabajador tiene

un plazo de tiempo de dos anos a partir del ultimo pago recibido en conCepto de

incapacidad temporal para “reabrir” el caso.

El empleado podra reabrir su caso solamente si la incapacidad permanente se ha visto

aumentada en esos dos anos, es decir, si sus condiciones empeoran sustancialmente o en

el supuesto de que sea necesario proceder a un tratamiento medico adicional por las

lesiones laborales.  La compania de seguros debera ser notificada al respecto en tiempo y

forma.

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